CNMV, Prácticas seguidas por las SGIIC españolas cuando sus fondos invierten en otros fondos gestionados por la misma gestora o por otras gestoras del mismo grupo, diciembre 2019. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha anunciado que promoverá un cambio en la normativa para que se retrocedan los costes de distribución en ciertos casos. Esta decisión parte del análisis efectuado sobre la praxis de las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectivas (SGIIC) cuando sus fondos invierten en fondos gestionados por la misma gestora o gestoras del mismo grupo.
En este sentido, el análisis ha dilucidado que la mayoría de las gestoras cuando invierten en fondos gestionados por ellas mismas lo hacen en “clases cartera”, que no incluyen gastos de distribución, o retroceden la parte de la comisión de gestión que podría ser imputada a gastos de comercialización al fondo inversor cuando invierten en subyacentes con clases más caras o en fondos sin clases. Sin embargo, la CNMV advierte de que un reducido número de gestoras no están retrocediendo al fondo inversor los costes de distribución cuando éstos están incluidos en la clase en la que se invierte. Recuerda, así, la CNMV la obligación de las SGIIC de actuar en el interés de las IIC.

CNMV, Comunicado de la CNMV dejando sin efecto los criterios sobre operativa discrecional de autocartera de 2013, enero de 2020. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dejado sin efectos los Criterios sobre operativa discrecional de autocartera publicados en 2013, debido a su difícil compatibilidad con el Reglamento 596/2014 sobre abuso de mercado.
Estos criterios comprendían una serie de recomendaciones sobre las condiciones para operar y sobre transparencia. Sin embargo, con la incorporación plena del Reglamento al ordenamiento nacional, la CNMV entiende que los criterios se han visto superados. Asimismo, la CNMV advierte que toda operativa de autocartera supone un riesgo para la integridad del mercado, por lo que resulta razonable un enfoque restrictivo que limite el régimen de puerto seguro a los dos casos que se señalan: bien bajo programas de recompra y estabilización, bien mediante contratos de liquidez (Circular 1/2017 CNMV).

CNMV, Consulta pública la modificación de determinadas recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, enero de 2020. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha abierto una consulta pública, hasta el próximo 14 de febrero de 2020, sobre la propuesta de modificación algunas recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas.
La propuesta persigue reforzar las recomendaciones relacionadas con el control y tratamiento de las situaciones que puedan afectar a la reputación de los consejeros y de las propias empresas, así como el reforzamiento de las competencias de la comisión de auditoría. Asimismo, actualiza el enfoque del Código en materia de sostenibilidad y propone nuevas directrices en materia de diversidad de género, entre ellas, fijar un umbral mínimo del 40% para el sexo con menor número de miembros en los consejos de administración.


ESMA, Final Report CCPs’ Membership Criteria and Due Diligence, enero de 2020. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) ha publicado un informe sobre la encuesta que realizó sobre los acuerdos de membresía y la debida diligencia de las contrapartes centrales (PCC) hacia sus miembros compensadores.
Este informe, que trae como causa el hecho acontecido en 2018 en el que una persona física actuó como miembro compensador de una PCC, dilucida los resultados de la encuesta acerca del estado y la pertinencia de que una persona física actúe como miembro compensador de alguna PCC de la UE. Del mismo modo, el informe recoge los resultados acerca del papel de las contrapartes no financieras (NFC) como miembros compensadores y los riesgos asociados a ello. Asimismo, ESMA pone de relieve las prácticas de debida diligencia debida más empleadas por las PCC, en base a las cuales proporcionará más orientaciones próximamente.
EBA, Final Report on Big Data and Advanced Analytics, enero de 2020. La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado un informe acerca del estado de implementación del Big Data y Advaced Analytics (BD&AA) en el sector bancario.
En aras de apoyar la neutralidad tecnológica, la EBA pone en conocimiento de los interesados y las autoridades de regulación y supervisión el estado actual de las tendencias y retos del sector. El Informe destaca la implantación de programas de transformación digital, especialmente para la participación del cliente y la optimización de procesos, así con el papel del aprendizaje automático y del análisis de los datos bancarios. En consecuencia, se pone de manifiesto la importancia de garantizar un uso responsable de BD&AA y las estrategias para afrontar los desafíos del sector.

IOSCO, Consultation Report: Conflicts of interest and associated conduct risks during the debt capital raising process, diciembre de 2019. La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) ha abierto un período de consulta acerca de las medidas para reducir los conflictos de interés y los riesgos derivados del papel de los intermediarios en los procesos de obtención de capital, así como el uso de la tecnología de registros distribuidos (DLT) en las emisiones de bonos y el manejo de conflictos de interés.
La consulta, que permanecerá abierta hasta el 16 de febrero de 2020, tiene como fin último diseñar una guía de estándares de conducta que permita abordar los conflictos y riesgos identificados en la encuesta.
IOSCO, Final Report: Recommendations for a Framework Assessing Leverage in Investment Funds, diciembre de 2019. La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) ha presentado el marco sobre seguimiento del apalancamiento de los fondos de inversión y los riesgos que pudiera entrañar para la estabilidad financiera.
En el Informe sobre Recomendaciones, la IOSCO divide el proceso de evaluación y seguimiento en dos pasos. Por un lado, el empleo de medidas para identificar y analizar, eficientemente, los fondos que pueden suponer un riesgo para la estabilidad financiera. Y, por otro lado, un segundo paso en el que el Marco pretende realizar un análisis más particular para mitigar las limitaciones inherentes del primer paso. Para ello, la IOSCO propone que los reguladores diseñen sus enfoques propios, atiendo a las características del fondo y considerando el riesgo potencial de mercado, la contraparte riesgo o el riesgo de liquidez.

FSB, Work programme for 2020, diciembre de 2019. El Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés) ha publicado su calendario de trabajo para el 2020, año en el que reforzará su monitoreo de las vulnerabilidades del sistema financiero global y los riesgos asociados a la estabilidad financiera.
Las prioridades contenidas en el trabajo publicado abarcan diversos temas, destacando las innovaciones relacionadas con la Fintech (en especial, RegTech, SupTech y el papel de las BigTech en las finanzas), el desafío regulatorio de las stablecoins (para lo cual abrirá una consulta en abril), las innovaciones en los sistemas de pago transfronterizos y los índices de referencia de tasas de interés. De forma paralela a estas prioridades, el FSB proseguirá con su trabajo para finalizar y poner en funcionamiento las medidas pendientes de las reformas posteriores a la crisis, así como evaluar sus efectos.