Comisión Europea. Targeted consultation on integration of EU Capital Markets.

La Comisión Europea ha abierto una consulta para recabar opiniones especializadas sobre la integración de los mercados de capitales de la Unión Europea, como parte esencial de su estrategia de la Unión de Ahorros e Inversiones (SIU por sus siglas en inglés). La iniciativa responde a la necesidad de superar la fragmentación regulatoria existente en los mercados, que sigue obstaculizando el aprovechamiento pleno de los beneficios de un mercado único de capitales. La consulta está dirigida a identificar barreras persistentes y proponer medidas concretas para su eliminación.

El documento se estructura en torno a seis ejes temáticos: (i) simplificación normativa, (ii) infraestructura de negociación, (iii) post-negociación, (iv) barreras horizontales, (v) gestión de activos y (vi) supervisión. En cada sección se abordan desafíos específicos, desde la falta de armonización normativa hasta la necesidad de adaptar el marco regulatorio a las innovaciones tecnológicas (incluyendo el uso de tecnologías de registro distribuido (DLT)). Asimismo, se hace hincapié en la importancia de una mayor proporcionalidad y coherencia entre las diferentes normas que rigen estos ámbitos.

La consulta persigue así una revisión crítica del sistema actual de supervisión, con el objetivo de mejorar su calidad, coherencia y eficiencia. En ella se plantean distintos modelos de supervisión integrada a nivel europeo, abarcando a entidades como depositarios centrales de valores (DCV), entidades de contrapartida central (ECC), centros de negociación y proveedores de servicios de criptoactivos.

Comisión Europea. Commission proposes to postpone by one additional year the market risk prudential requirements under Basilea III.

El 12 de junio de 2025 la Comisión Europea ha adoptado un acto delegado por el que se aplaza, hasta el 1 de enero de 2027, la aplicación de la revisión fundamental de la cartera de negociación (FRTB por sus siglas en inglés), parte pendiente de las normas internacionales de Basilea III en la Unión Europea.

Este aplazamiento responde a la necesidad de introducir técnicas de medición de riesgo más sofisticadas para alinear los requisitos de capital con los riesgos reales que asumen las entidades de crédito en los mercados de capitales; y se justifica por el desajuste temporal observado con otras jurisdicciones relevantes que también han pospuesto su implementación plena y por otra, se suma al ya adoptado en 2024. El aplazamiento previo hasta el 1 de enero de 2026 respondía al argumento de preservar la igualdad de condiciones para los bancos europeos en el ámbito internacional; mientras que este nuevo aplazamiento anticipa mejores condiciones para la convergencia normativa global y evita una pérdida de competitividad para las entidades de la Unión Europea.

Este acto delegado está subordinado al control del Parlamento Europeo y Consejo, que disponen de un plazo de 3 meses (prorrogable en otros 3) para aprobarlo o bloquearlo. Durante este periodo, la Comisión continuará recabando información técnica y observando la evolución normativa internacional para orientar los pasos futuros sobre el régimen de riesgo de mercado en la Unión. 

ESMA. Call for evidence on the retail investor journey: understanding retail participation in capital markets.

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó el 25 de mayo una consulta que se integra en la estrategia de la Savings and Investment Union. Su finalidad es recabar observaciones sobre la experiencia del inversor minorista a lo largo de todo el proceso de inversión —desde las barreras iniciales de acceso hasta la fase post-contractual— con objeto de evaluar si los requisitos de MiFID II (divulgaciones, test de idoneidad, test de conveniencia y otros) logran un equilibrio adecuado entre protección del inversor y fomento de la participación en los mercados de capitales. ESMA pretende, con las respuestas recibidas antes del 21 de julio de 2025, determinar si procede aclarar o ajustar la normativa vigente, particularmente ante el creciente entorno de digitalización.

La consulta identifica, en primer lugar, obstáculos no regulatorios (complejidad percibida de los productos, costes, baja alfabetización financiera, desconfianza, factores sociopsicológicos) y analiza la mayor propensión de los jóvenes a invertir en criptoactivos y otros instrumentos volátiles, influida por redes sociales y plataformas digitales. Seguidamente, somete a escrutinio la eficacia de los actuales deberes informativos: volumen y formato de las divulgaciones MiFID II, utilidad del KID PRIIPs, transparencia en costes y cargos, frecuencia de los estados periódicos y alertas de depreciación del 10 %. También se examinan los efectos de los controles AML/CFT en la incorporación de clientes, los obstáculos fiscales transfronterizos y el posible solapamiento entre material promocional y documentación reglamentaria.

En materia de asesoramiento, analiza la aplicación práctica del test de idoneidad (incluida la reciente incorporación de las preferencias de sostenibilidad), al test de conveniencia para servicios no asesorados y a los requisitos específicos del Reglamento de crowdfunding. Dirigida tanto a asociaciones de consumidores, firmas, entidades financieras como a otras partes interesadas, la intención de la consulta es la de fundamentar, en el tercer trimestre de 2025, propuestas regulatorias que fortalezcan la protección jurídica del inversor minorista sin entorpecer su acceso eficiente y transfronterizo a los mercados de capitales de la Unión.

Consejo de la Unión Europea. Programme of the Danish EU Presidency.

El 19 de junio de 2025 Dinamarca presentó su programa para su Presidencia del Consejo de la Unión Europea (durante el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025). La Presidencia danesa persigue reforzar la autonomía estratégica de la Unión, robustecer su capacidad de acción y proteger el orden internacional basado en normas. Con una visión que abarca la seguridad, la resiliencia democrática y la competitividad económica, su programa aspira a consolidar la unidad europea y el fundamento económico de sus democracias, de modo que la UE asuma plenamente su responsabilidad en materia de seguridad y aumente su peso geopolítico.

Las prioridades políticas se estructuran en dos grandes ejes. El primero, «Una Europa segura», promueve el refuerzo de la defensa europea en estrecha cooperación con la OTAN, el apoyo continuado a Ucrania, la gestión eficaz de la migración irregular y la protección de las fronteras exteriores; asimismo, impulsa el combate contra la desinformación, la defensa de los valores europeos y la preparación para la ampliación a Ucrania, Moldavia y los Balcanes Occidentales. El segundo eje, «Una Europa competitiva y sostenible», aboga por vincular la transición verde con políticas económicas y climáticas, simplificar la regulación, fortalecer el mercado único y garantizar un suministro energético limpio y asequible; se prevé, además, alcanzar un acuerdo sobre el objetivo climático para 2040 que ofrezca certeza jurídica a las empresas europeas.

En el ámbito del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros (ECOFIN), Dinamarca centrará sus esfuerzos en asegurar políticas macroeconómicas sólidas y en apuntalar la competitividad de la Unión. Entre los expedientes prioritarios figuran la adopción de planes fiscales-estructurales nacionales y la flexibilización de las reglas fiscales para facilitar el gasto en defensa; el paquete REARM Europe y el nuevo instrumento SAFE; la puesta en marcha del Compás de Competitividad y del Fondo de Competitividad; la revisión del marco de titulización y de la estrategia de inversión minorista (RIS); la regulación sobre intercambio de datos financieros (FIDA), servicios de pagos, euro digital y divulgación de finanzas sostenibles (SFDR); así como la negociación del presupuesto 2026, la revisión de los recursos propios y la actualización de la lista de jurisdicciones fiscales no cooperadoras y de la Directiva DAC en materia de intercambio de información tributaria.

Comisión Europea. European Commission’s Recommendation on Savings and Investment account.

La Comisión Europea ha publicado una consulta sobre las denominadas “cuentas de ahorro e inversión”, las cuales constituyen una pieza clave de la futura Savings and Investments Union (SIU) anunciada por la presidenta Von der Leyen. El objetivo es movilizar parte de los 11,63 billones de euros que los hogares mantienen en depósitos bancarios de baja remuneración y canalizarlos hacia inversiones productivas que impulsen la competitividad de la Unión, la transición ecológica, la transformación digital y las prioridades de defensa. La iniciativa responde a la brecha identificada por los informes Draghi y Letta entre el exceso de ahorro minorista y las dificultades de las empresas, en particular las innovadoras y orientadas al crecimiento, para acceder a capital.

El modelo propuesto se inspira en las mejores prácticas de los Estados miembros y contempla: (i) acceso digital sencillo, (ii) amplia elegibilidad de instrumentos (acciones, bonos y fondos de inversión), (iii) incentivos fiscales con trámites de cumplimiento simplificados y (iv) portabilidad barata entre proveedores para fomentar la competencia. La experiencia de regímenes nacionales sugiere rendimientos anualizados medios del 6,7 % en renta variable, frente a menos del 1 % en depósitos tradicionales. Según los cálculos citados, una convergencia de los patrones de inversión europeos con los estadounidenses podría liberar hasta 8 billones de euros adicionales para los mercados de capitales, generando un círculo virtuoso que incrementaría simultáneamente el patrimonio de los ciudadanos y la financiación empresarial.

Tras examinar las aportaciones recibidas en esta consulta, la Comisión prevé publicar una Recomendación formal que establezca el esquema europeo de cuentas de ahorro e inversión, preservando la flexibilidad de los Estados miembros para adaptarlo a sus realidades jurídicas y fiscales, siempre que se respeten los principios esenciales de accesibilidad digital, diversificación de activos, neutralidad competitiva y portabilidad.

EBA. The EBA publishes key regulatory products on operational risk capital requirements and related supervisory reporting.

La Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) ha publicado 3 borradores finales de normas técnicas (RTS e ITS por sus siglas en inglés) dirigidas a reforzar el tratamiento prudencial del riesgo operacional en el marco del paquete bancario de la Unión Europea. Estas normas comprenden: (i) los RTS sobre el cálculo y ajustes del Business Indicator (BI), (ii) los ITS sobre su mapeo a FINREP y (iii) los ITS modificatorios del marco de reporte correspondiente. El objetivo es la armonización de la aplicación de los requisitos de capital y la mejora de la calidad en la supervisión, afianzándose un régimen prudencial más coherente y efectivo en materia de riesgo operacional a nivel comunitario.

En lo que respecta al Business Indicator (BI), por una parte, los RTS aportan definiciones más precisas de sus componentes, incorporando referencias actualizadas a las normas contables y metodologías específicas para el tratamiento de su componente financiero. Por otra, se establecen mecanismos de ajuste ante operaciones corporativas (como fusiones o adquisiciones) incluyendo umbrales de materialidad que permiten modificaciones sin autorización previa, ofreciendo simultáneamente seguridad jurídica y operativa a las entidades.

Los ITS sobre el mapeo a FINREP, en cambio, permiten alinear directamente los elementos del BI con los campos correspondientes en los estados financieros regulatorios, reduciendo costes de implementación. Los ITS modificatorios del marco de reporte aportan una mayor granularidad en la información sobre riesgo operacional, facilitando a las autoridades una supervisión más precisa del cumplimiento de las exigencias de fondos propios.

ECB. Decisión (UE) 2025/1148 del Banco Central Europeo, de 2 de junio de 2025, por la que se modifica la Decisión (UE) 2025/222 sobre el acceso de los proveedores de servicios de pago no pertenecientes al sector bancario a los sistemas de pago gestionados por los bancos centrales del Eurosistema y a las cuentas de dichos bancos (BCE/2025/2) (BCE/2025/18).

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) acordó posponer la entrada en vigor de las modificaciones de la Orientación (UE) 2022/912 (‘Orientación TARGET’), cuyo objeto es admitir a los proveedores de servicios de pago no bancarios (PSPNB), entidades de pago y de dinero electrónico, como participantes directos en TARGET. El aplazamiento obedece al retraso de varios Estados miembros en transponer a su ordenamiento interno las revisiones de las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366, de modo que la apertura anticipada habría generado inseguridad jurídica al permitir el acceso a unos sistemas de pago del Eurosistema y no a otros.

En consecuencia, la Decisión (UE) 2025/222 (BCE/2025/2), que habilitaba a los PSPNB a solicitar acceso desde el 16 de junio de 2025 y fijaba un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2025, se modifica: la fecha de inicio se traslada al 6 de octubre de 2025 y el intervalo de migración se amplía hasta el 31 de marzo de 2026 para facilitar la integración y la retirada progresiva de conexiones actuales. La presente Decisión entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, asegurando la coherencia normativa antes de la fecha inicialmente prevista para el acceso.

SEC. SEC Solicits Public Comment on the Foreign Private Issuer Definition.

La Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC por sus siglas en inglés) ha publicado el 4 de junio de 2025 un documento de consulta (Concept Release) dirigido a recabar opiniones sobre la posible revisión de la definición de “emisor extranjero privado” (foreign private issuer). Esta iniciativa responde a la evolución significativa del perfil de estos emisores desde 2003 y plantea la conveniencia de ajustar el marco normativo a la realidad actual del mercado.

La condición de emisor extranjero privado otorga ventajas regulatorias importantes, como exenciones en la divulgación de información y obligaciones de registro más flexibles. La SEC considera que los beneficios han de equilibrarse con la necesidad de mantenimiento de los estándares adecuados de transparencia para los inversores y de preservación de la equidad competitiva entre emisores nacionales y extranjeros; todo ello respondiendo al objetivo último de mantener la atracción del mercado estadounidense para las empresas internacionales sin comprometer la protección a los inversores ni generar distorsiones competitivas a la hora de alcanzarlo.

 

EIOPA. EIOPA’s reply to the European Commission’s public consultation on the integration of EU capital markets.

La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA por sus siglas en inglés) ha publicado su respuesta a la consulta de la Comisión Europea sobre la integración de los mercados de capitales, subrayando que el mercado único funciona de facto para el sector asegurador, donde los veinte mayores grupos suscriben casi el 60 % de las primas del Espacio Económico Europeo y el negocio transfronterizo supone ya el 11 % del total. No obstante, advierte de que la fragmentación supervisora, la limitada fiscalización a escala comunitaria y las diferencias en la protección del consumidor siguen obstaculizando el pleno desarrollo de dicho mercado y, por extensión, del proyecto de Unión del Ahorro y la Inversión (SIU por sus siglas en inglés).

EIOPA destaca la necesidad de reforzar la supervisión de las entidades que operan transnacionalmente, dado que sus instrumentos jurídicos carecen de fuerza ejecutiva y dependen de la disposición de las autoridades nacionales de origen. La mayoría de los miembros del Consejo de Supervisores aboga por potenciar mecanismos existentes para asegurar intervenciones oportunas y homogéneas que salvaguarden a los tomadores con independencia de su Estado miembro. Igualmente, propone robustecer herramientas como intervenciones sobre productos, advertencias, asistencia técnica y revisiones temáticas, con el fin de evitar respuestas fragmentarias y duplicadas ante riesgos de conducta que afecten a varios mercados.

En cuanto a los modelos internos utilizados por aseguradoras que representan más de la mitad de las primas europeas, EIOPA detecta disparidades en su aprobación y supervisión continua, lo que compromete la comparabilidad de los requisitos de capital y la igualdad competitiva. Aunque la mayoría de los supervisores reconoce el valor de las opiniones de EIOPA en los colegios de supervisión, no respalda dotar a la Autoridad de facultades para iniciar inspecciones in situ; algunos, sin embargo, se muestran abiertos a mejoras puntuales que refuercen la colaboración y aseguren que los modelos reflejen con fidelidad el perfil de riesgo tanto del grupo como de sus filiales en los Estados de acogida.

 

EBA. EBA publishes No Action Letter on the interplay between Payment Services Directive (PSD2/3) and Markets in Crypto-Assets Regulation (MiCA)

La Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) emitió el 10 de junio de 2025 una “No Action Letter” destinada a la Comisión, al Consejo y al Parlamento Europeo, para clarificar la interacción entre la Directiva de Servicios de Pago (PSD 2/3) y el Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA) respecto de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) que operan con tokens de dinero electrónico (EMT). El objetivo es evitar que una misma actividad quede sujeta a una doble autorización simultánea en ambos marcos normativos.

Con carácter transitorio (hasta el 2 de marzo de 2026) la EBA recomienda a las autoridades nacional tratar como servicios de pago PSD 2 determinadas operaciones con EMT; posponiendo la exigencia de licencia específica y simplificando así los trámites utilizando la información ya presentada bajo MiCA. Durante este periodo deben mantenerse los requisitos esenciales de PSD 2, tales como la autenticación reforzada, el reporte de fraudes y los niveles mínimos de fondos propios; mientras que otros deberes como el resguardo de fondos, la información al consumidor, el identificador único de cuenta u obligaciones de Open Banking no serán objeto de supervisión prioritaria. Adicionalmente, la carta señala actividades que no deben considerarse como servicios de pago, porque estas operaciones, al estar definidas en MiCA, quedan exentas de autorización conforme a PSD 2, eliminándose así posibles cargas regulatorias redundantes.

A largo plazo, la EBA subraya que la coherencia normativa deberá lograrse en el proceso legislativo en curso (PSD 3 y el futuro Reglamento de Servicios de Pago), bien integrando los EMT completamente en MiCA o bien delimitando con previsión las actividades sujetas a PSD 3/PSR. La finalidad última, en cualquier caso, es la de evitar solapamientos regulatorios y proporcionar un marco claro y proporcional para los servicios de pago basados en tecnología distribuida.

 

 

Comisión Europea. Commission launches public consultation on high-risk AI systems.

La Comisión Europea abrió el 6 de junio de 2025 una consulta pública sobre la aplicación práctica del Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act) a los sistemas de IA de alto riesgo. El objetivo es recabar ejemplos y aclaraciones que ayuden a precisar la clasificación de dichos sistemas y las obligaciones derivadas para todos los agentes de la cadena de valor, reflejando fielmente la realidad del mercado y facilitando un cumplimiento normativo en la UE.

La consulta se estructura en grandes bloques: reglas de clasificación, finalidad del sistema, requisitos operativos y propuestas para la ampliación o modificación del catálogo de casos de alto riesgo. Buscándose así aclarar dos categorías principales de alto riesgo: i) los sistemas que actúan como componentes de seguridad de productos regulados enumerados en el Anejo I y ii) los supuestos específicos del Anejo III, definidos por su potencial impacto significativo en la salud, la seguridad o los derechos fundamentales.

 

CNMV. Plan Estratégico de la CNMV 2030. Un supervisor para un tiempo nuevo.

El presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Carlos San Basilio, presentó el 11 de junio de 2025 ante la Comisión de Economía del Congreso el plan estratégico “CNMV 2030: un supervisor para un tiempo nuevo” fijando nueve prioridades para los próximos seis años e incluyendo un total de veinte acciones en detalle a ejecutar en el plazo de dos o tres años, sujetas a posterior revisión en 2027. Este documento persigue busca modernizar la institución, reforzando la protección al inversor y dinamizando los mercados de valores.

Desde una multitud de ámbitos (protección frente a nuevos productos y canales de comercialización, simplificación y armonización del marco normativo, la mejora de la transparencia y rendición de cuentas, así como el fortalecimiento de la gobernanza interna) se prevé intensificar las estrategias anticorrupción y antifraude mediante un refuerzo en la educación financiera y la creación de un punto de acceso único para denuncias, así como se apoyarán emisiones de bonos verdes y herramientas de financiación para pymes, revisando el Código de Buen Gobierno conforme a las recomendaciones de la OCDE y se fomentará la diversificación de las carteras minoristas, promoviendo productos de inversión a largo plazo en coordinación con el Tesoro.

El programa incluye la transformación tecnológica de la CNMV (con adopción de IA y soluciones en la nube), la mejora del clima laboral y la captación de talento a través de sistemas de evaluación avanzados, una comunicación institucional más abierta y una mayor proyección internacional de la supervisión española en foros globales.

Parlamento Europeo. Draft Report on impact of artificial intelligence on the financial sector.

El 5 de junio de 2025 uno de los miembros del Parlamento Europeo, Arba Kolakari, presentó un informe de iniciativa propia sobre el uso de la Inteligencia Artificial en los servicios financieros de la Unión Europea. En este mismo informe no sólo se examina el marco regulatorio aplicable sino que adicionalmente se proponen una serie de recomendaciones para la adopción de una nueva normativa sectorial sin solapamientos normativos que se fundamente en la realidad práctica, en lugar de responder a conjeturas meramente teóricas.

En el informe se reconoce que su uso actual persigue la reducción de costes mediante la optimización de los procesos internos si bien sin generar flujos nuevos de ingresos; así como se consideran los principales riesgos y oportunidades de su uso en el sector financiero de la Unión. Desde la optimización de la eficiencia operativa, hasta la mejora de la experiencia de los consumidores y usuarios además del refuerzo de la competitividad de las entidades europeas; la difusión de la Inteligencia Artificial posee un potencial considerable.

El documento reconoce riesgos inherentes (sobre todo en lo referente a la calidad de los datos, explicabilidad y transparencia de los modelos), pero recuerda que el sector financiero, sujeto a un denso corpus normativo (gobernanza de datos, resiliencia operativa, outsourcing, riesgo de modelos, no discriminación, etc.), dispone ya de una arquitectura regulatoria idónea para mitigar tales riesgos. Insta, no obstante, a mantener la supervisión continua y a reforzar la alfabetización en IA de los profesionales del sector.

Finalmente, advierte que una estrategia legislativa excesivamente restrictiva, fruto del temor a lo desconocido o de la inercia regulatoria, privaría al sector financiero de los beneficios de la IA, mermaría su competitividad, disminuiría la calidad de los servicios ofrecidos y obstaculizaría la inversión en tecnologías emergentes. En un contexto de carrera global por el liderazgo en IA, el informe rechaza esta vía y aboga por un enfoque habilitador que permita al sistema financiero europeo no quedar rezagado.