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Las Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, ESMA y EIOPA, en adelante ESAs), actuando conjuntamente a través del Comité Conjunto (Joint Committee), han publicado una consulta para la elaboración definitiva de las Directrices para la integración de riesgos ESG (ambientales, sociales y de gobernanza) en los ejercicios de pruebas de resistencia supervisora. Estas directrices están dirigidas a las autoridades competentes y tienen como objetivo asegurar que dichos riesgos se integren de manera coherente en los marcos de supervisión, ya sea mediante su incorporación directa en pruebas existentes o como parte de evaluaciones complementarias bajo escenarios adversos, de conformidad con la legislación sectorial aplicable. Las directrices proponen principios metodológicos y organizativos que las autoridades deben adoptar al diseñar los ejercicios de estrés, adaptándolos a sus objetivos y capacidades. Se establece que la cobertura de los test debe definirse claramente y que el enfoque metodológico debe reflejar el nivel de madurez de los datos y técnicas disponibles. Asimismo, se hace hincapié en la asignación de recursos humanos y técnicos adecuados, incluyendo personal especializado en riesgos ESG, infraestructuras informáticas, y mecanismos eficientes de recopilación y análisis de. Y finalmente, se recomienda establecer calendarios razonables que permitan tanto a las entidades financieras como a los supervisores preparar, ejecutar y analizar los resultados de forma exhaustiva, asegurando su integración efectiva en el marco supervisor general. ESAs. Memorandum of Understanding with AMLA for effective cooperation and information exchange. Las Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, EIOPA y ESMA, en adelante ESAs) han suscrito un Memorando de Entendimiento multilateral con la nueva Autoridad contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (AMLA por sus siglas en inglés) el 3 de julio de 2025. Este acuerdo establece las bases operativas para el intercambio de información y cooperación efectiva entre las entidades, con el fin de (i) promover la convergencia supervisora en el sector financiero de la UE, (ii) facilitar el aprendizaje mutuo entre sectores y (iii) fortalecer la capacidad de los supervisores para combatir el blanqueo y el financiamiento del terrorismo. El memorando responde al mandato contenido en el artículo 91 del Reglamento de AMLA y detalla procedimientos concretos para la coordinación y el intercambio de datos y prácticas supervisoras. Constituyéndose así como parte del nuevo marco institucional de supervisión del AML/CFT en la UE, estableciendo mecanismos ágiles y coordinados entre las instituciones de la UE, con miras a la mejora de la integridad y resiliencia del sistema financiero europeo. En esta línea, Petra Hielkema, presidenta de EIOPA y del Comité Conjunto de las ESAs, subrayó el compromiso de los supervisores europeos para colaborar estrechamente “para que estas actividades ilícitas no pasen desapercibidas ni queden impunes en nuestro territorio”. Por su parte, Bruna Szego, presidenta de AMLA, destacó que esta iniciativa sienta las bases para un marco integrado de AML/CFT coherente y efectivo en toda la UE. La Autoridad Bancaria Europea (EBA) publicó el 1 de julio de 2025 sus Directrices definitivas relativas al tratamiento de las exposiciones por adquisición, desarrollo y construcción de viviendas residenciales conforme al enfoque ponderado del riesgo reglamentario estandarizado bajo el Reglamento de Requisitos de Capital (CRR por sus siglas en inglés). Estas directrices, fruto de un proceso consultivo iniciado en mayo de 2024 y respaldado por un estudio cuantitativo de impacto en 2024, constituyen la primera fase del itinerario normativo de la EBA en la implementación del paquete bancario europeo en materia de riesgo crediticio.Las directrices especifican dos condiciones necesarias para que una exposición a bienes residenciales pueda beneficiarse de una ponderación del 100 % de riesgo estándar: (i) un mínimo del 50 % de los contratos debe corresponder a preventas con depósito del 10 %, prearrendamientos con depósito equivalente a tres meses de renta o contratos de venta‑arrendamiento; y (ii) el deudor debe aportar capital propio equivalente al 25 % del valor de la propiedad en el momento de finalización (reduciendo el umbral del 35% previamente previsto). Las directrices encuentran su fundamento normativo en el artículo 126a del CRR, y su entrada en vigor se producirá dos meses después de su publicación. Este avance regula con mayor precisión el tratamiento prudencial de las exposiciones de adquisición, desarrollo y construcción residenciales, equilibrando la prudencia financiera con la promoción de desarrollos inmobiliarios sostenibles y respondiendo a las especificidades del sector público, mejorándose la homogeneidad y eficacia del marco crediticio europeo. EP and Council. Deal reached on toolset to address bank failures and protect taxpayers and deposits. El Parlamento Europeo, junto con el Consejo de la UE bajo la Presidencia polaca, ha alcanzado un acuerdo político, el 25 de junio de 2025, sobre la revisión del paquete de crisis bancaria y seguro de depósitos. Este consenso fortalece el marco de resolución de bancos al ampliar su alcance para incluir entidades de tamaño pequeño y mediano cuando existan razones de interés público, priorizando la responsabilidad de accionistas y acreedores antes de recurrir a fondos garantizados por la industria (como los fondos de garantía de depósitos). El objetivo principal es proteger a los depositantes (personas físicas y pymes) y reducir el impacto económico que provocarían las intervenciones basadas en fondos estatales, reforzando así la confianza en el sistema bancario europeo. El acuerdo modifica tres instrumentos clave: la Directiva de Recuperación y Resolución Bancaria (BRRD por sus siglas en inglés), el Reglamento del Mecanismo Único de Resolución (SRMR por sus siglas en inglés) y la Directiva de Sistemas de Garantía de Depósitos (DGSD por sus siglas en inglés). Introduce mecanismos como “Bridge the Gap” (BtG por sus siglas en inglés) para permitir el uso de fondos garantizados y cubrir así brechas temporales en los requisitos mínimos de recursos absorbibles evitando así la liquidación inmediata; así como establece una jerarquía de rembolso con prioridad para el DGS, seguido de depositantes minoristas, pymes y autoridades públicas menores, reforzando su protección y asegurando un reembolso expedito (con plazos máximos de acceso a fondos). Este consenso supone por sí mismo un avance decisivo en el fortalecimiento de la Unión Bancaria, al proteger a los contribuyentes y depositantes, limitar el arbitrio estatal y dotar a los supervisores de herramientas más predecibles y eficientes para gestionar descensos ordenados de bancos de todos los tamaños. El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1339, adoptado por la Comisión Europea el 10 de julio de 2025, establece normas técnicas sobre la operativa de los organismos de recopilación para el acceso al Punto de Acceso Único Europeo (PAUE), de conformidad con el Reglamento (UE) 2023/2859. Entre las principales disposiciones se incluyen: (i) la implementación de validaciones automáticas para garantizar la calidad de los datos recibidos, (ii) el establecimiento de plazos de hasta sesenta minutos para notificar rechazos a las entidades informantes y (iii) la exigencia de sellos electrónicos cualificados con requisitos específicos de conformidad y asociados a identificadores LEI conforme a la norma ISO 17442. El Reglamento entra en vigor veinte días tras su publicación, y será aplicable a partir del 10 de julio de 2026, siendo directamente vinculante en todos los Estados miembros. Asimismo, su elaboración ha sido precedida por proyectos técnicos de ejecución elaborados por la AEVM, EBA y EIOPA, apoyados en consultas públicas y evaluaciones de impacto, así como en la opinión del Supervisor Europeo de Protección de Datos. Con este instrumento normativo se pretende armonizar los procesos de recopilación, validación y publicación de información, mejorar su calidad, trazabilidad y accesibilidad, y reforzar la interoperabilidad europea.
EIOPA. Updated technical RFR documentation applicable as of 30 June 2025. La Autoridad Europea de Seguros y Pensiones Profesionales (EIOPA) ha incorporado actualizaciones en la Documentación Técnica sobre las estructuras de tipo de interés libre de riesgo (RFR) aplicables a partir del 30 de junio de 2025. La modificación responde a la disminución de liquidez del IRS a 19 años para el euro, cuyo uso como punto de entrada en las curvas RFR introducía volatilidad no deseada. A partir de dicha fecha, el plazo de 15 años pasa a ocupar dicha posición crítica antes del último punto líquido (LLP) de 20 años. La primera aplicación práctica de esta nueva metodología se realizará a finales de junio de 2025, con la generación y publicación de las curvas actualizadas en la sección dedicada de EIOPA. Esta información técnica sirve de base para el cálculo de las provisiones técnicas bajo Solvencia II y se acompaña de un calendario de publicaciones regulares. EIOPA publica estos datos mensualmente para garantizar un tratamiento uniforme de las provisiones técnicas en las entidades de seguro y reaseguro de la UE, conforme al mandato de la Directiva Solvencia II. El ajuste promovido mejora la robustez de la extrapolación de la curva RFR, al abordar la menor liquidez en los plazos largos de mercado y reducir la volatilidad inducida en las tasas finales. La actualización refleja el compromiso de EIOPA con la consistencia y calidad de los datos técnicos, asegurando que las provisiones técnicas se calculen sobre bases sólidas y comparables en toda la UE. IAIS. High-level principles for the development of the ICS implementation assessment published. La International Association of Insurance Supervisors (IAIS) ha aprobado el 2 de julio de 2025 principios de alto nivel (High-Level Principles, HLPs) destinados a guiar el desarrollo de la metodología para evaluar la implementación del Insurance Capital Standard (ICS). Este estándar, adoptado en diciembre de 2024, establece una medida global y basada en riesgos para la suficiencia de capital de los grupos aseguradores de carácter internacional (IAIGs), sirviendo como instrumento cuantitativo del marco ComFrame. La metodología de evaluación, estructurada en base a estos HLPs, precede tanto al cuestionario de autoevaluación que se empleará en 2026 como a las evaluaciones jurisdiccionales que comenzarán en 2027. Los principios de alto nivel definen ámbitos específicos: (i) alcance limitado al texto de nivel 1 y 2 del ICS, complementario pero no sustituible de los ICP y ComFrame; (ii) evaluación por componentes del estándar (valoración, requisitos y recursos de capital, principios generales y perímetro); (iii) identificación de desviaciones local versus ICS mediante análisis cualitativo y pruebas cuantitativas, admitiendo compensaciones siempre que se cuantifiquen y ofrezcan protección equivalente al tomador; y (iv) criterios para derivar una valoración global conservadora que involucre también la evaluación del método de agregación (AM), especialmente en el caso de EE. UU. Este avance representa un paso crucial en la transición del ICS desde su adopción a una implementación efectiva. IAIS ha previsto la realización de un evento virtual el 9 de septiembre de 2025 para presentar los HLPs a las partes interesadas y resolver dudas. El siguiente cronograma incluye el desarrollo completo de la metodología en la segunda mitad de 2025, la finalización del cuestionario de autoevaluación antes de fin de año, su uso por los supervisores en 2026 y el inicio de evaluaciones jurisdiccionales en 2027.
El 11 de julio de 2025, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA por sus siglas en inglés) publicó las Directrices sobre conocimientos y competencias aplicables al personal que proporciona información o asesoramiento sobre criptoactivos y servicios de criptoactivos en virtud del Reglamento (UE) 2023/1114 (en adelante, MiCA). Estas directrices, desarrolladas conforme al artículo 81 MiCA, buscan garantizar que las personas que interactúan con los clientes posean el nivel necesario de cualificación y conocimientos para actuar con diligencia, transparencia y en el mejor interés del cliente. Entre los criterios técnicos clave se establece que el personal debe contar con (i) un mínimo de seis meses de experiencia profesional en el ámbito de los criptoactivos o en servicios financieros equivalentes, (ii) una formación inicial de al menos 15 horas en materias como blockchain, tipología de criptoactivos, riesgos asociados y marco normativo aplicable, y (iii) una formación continua anual mínima de 10 horas. Se distingue entre quienes proporcionan información (deberán entender las características de los productos y riesgos básicos) y quienes prestan asesoramiento (a los que se les exige capacidad para evaluar adecuadamente el perfil del cliente y la idoneidad de los productos). Así como se sujetan los procesos automatizados a estas mismas exigencias si influyen en el contenido facilitado al cliente, debiendo el órgano de gestión de la entidad supervisar regularmente el cumplimiento de estas directrices. Tras la consulta pública celebrada entre febrero y abril de 2025, ESMA incorporó aclaraciones prácticas y ejemplos adicionales para facilitar la aplicación armonizada de las directrices. Las autoridades nacionales deberán notificar a ESMA su grado de conformidad dentro de los dos meses siguientes a la publicación de las traducciones, y las directrices comenzarán a aplicarse seis meses después. De la mano de la implementación de estas medidas se refuerza la confianza en el ecosistema MiCA, se asegura un estándar mínimo de profesionalización en la oferta de servicios de criptoactivos y se contribuye a una mayor protección del cliente minorista. ESMA. Guidelines on supervisory practices to prevent and detect market abuse under MiCA. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA por sus siglas en inglés) ha publicado las Directrices para armonizar las prácticas de supervisión entre las autoridades competentes nacionales (NCAs por sus siglas en inglés) con el fin de prevenir y detectar el abuso de mercado en el ámbito de los criptoactivos, conforme al Título VI de MiCA (Artículos 86‑92). Estas directrices deben incorporarse a los marcos nacionales dentro de los dos meses siguientes a su publicación, estando las NCAs obligadas a comunicar a ESMA su cumplimiento o incumplimiento (indicando su motivación). Estructuradas en torno a diez orientaciones, destacan: (i) la proporcionalidad (ajuste de intensidad supervisora según riesgos reales del PSCA, emisores y otros actores como validadores o influenciadores en redes sociales); (ii) el enfoque general basado en riesgos, con especial énfasis en identificar y responder prontamente a formas emergentes de abuso en criptoactivos; (iii) la integración de prácticas existentes, adaptando marcos de supervisión del mercado tradicional (MAR) a las particularidades tecnológicas y comunicativas del entorno cripto; (iv) el fomento de una cultura supervisora común, mediante el intercambio de información, mejores prácticas y experiencias entre NCAs; y (v) la adecuación de recursos, incluyendo personal especializado y herramientas automatizadas complementadas por análisis humano. Adicionalmente, las directrices detallan procedimientos para la supervisión de sistemas y protocolos internos de los Profesionales en Organización o Ejecución de Transacciones (PPAET por sus siglas en inglés) en relación con el abuso de mercado y establecen cómo las NCAs deben gestionar y analizar las notificaciones de informes de transacciones y órdenes sospechosas (STOR por sus siglas en inglés) recibidas, mediante procesos formales que precisan responsabilidades internas, criterios de clasificación y coordinación con ESMA y otras autoridades nacionales. ESMA. Fast-track peer review on [a CASP] authorisation and supervision in Malta. La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó el 4 de julio de 2025 un informe de revisión acelerada (fast-track peer review) relativo a la autorización y supervisión de un Proveedor de Servicios de Criptoactivos (CASP) por parte de la Malta Financial Services Authority (MFSA) bajo el marco MiCA. El informe evalúa tres grandes áreas: (i) el proceso de autorización —incluyendo evaluación de estructura accionarial, gobernanza, riesgos de IT, conflicto de intereses y cumplimiento AML/CFT—; (ii) la supervisión temprana tras la autorización; y (iii) la suficiencia de recursos y capacidades supervisoras del MFSA. En términos de resultados, el comité de revisión reconoció que la MFSA ha desarrollado una sólida experiencia y capacidad supervisora, lo que se refleja en una gestión proactiva del sector cripto. Sin embargo, señalaba que en el caso examinado hubo vulnerabilidades materiales no resueltas al momento de la autorización, destacando que ciertos aspectos clave —como la evaluación del plan de crecimiento, conflictos de interés, gobernanza intragrupo, infraestructura TIC y riesgos Web3— no fueron completamente evaluados antes de conceder la licencia. El informe insta a las autoridades competentes de la UE que actualmente están autorizando CASP a adoptar un enfoque cuidadoso y exhaustivo, prestando especial atención a los mismos ámbitos que presentaron deficiencias en Malta: planes de crecimiento, conflictos de interés, arquitectura TIC, gobernanza y exposición a productos descentralizados. Además, el ejercicio subraya la importancia de fomentar la cooperación transfronteriza entre autoridades, para garantizar criterios uniformes de autorización en todo el mercado único. La MFSA dio la bienvenida a los hallazgos y confirmó su compromiso de mejorar continuamente sus prácticas supervisoras.
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA por sus siglas en inglés) ha publicado, el 21 de junio de 2025, una consulta pública para valorar un enfoque integral de simplificación en la notificación de transacciones financieras, actualmente fragmentada entre los marcos de MiFIR, EMIR y SFTR. Esta iniciativa responde a la necesidad de racionalizar obligaciones duplicadas, reducir costes operativos y facilitar una supervisión más eficiente y coherente, sin menoscabar la calidad ni la utilidad de los datos para las autoridades competentes. La consulta permanecerá abierta hasta el 19 de septiembre de 2025 y forma parte de una estrategia a largo plazo de mejora del sistema europeo de reporting financiero. En este contexto, ESMA presenta dos escenarios para su análisis: (i) una optimización gradual de los marcos existentes, eliminando solapamientos pero conservando la arquitectura normativa vigente; y (ii) una transformación estructural hacia un modelo unificado de “report once”, en el que una sola comunicación estandarizada cubra los requisitos de los distintos marcos regulatorios. En ambos casos, ESMA considera fundamental preservar la trazabilidad de los datos, su granularidad y su utilidad para fines de supervisión, vigilancia del mercado y gestión del riesgo sistémico.
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