BOE, La Ley de Mercado de Valores y Servicios de Inversión ya tiene reglamento, noviembre 2023. El Gobierno en funciones ha aprobado cuatro decretos que desarrollan la Ley del mercado de valores y servicios de inversión.

 Se completa el marco básico de la Ley con reglamentos sobre las empresas de servicios de inversión y mercados de instrumentos financieros, actualizando el reglamento de inversión colectiva y clarificando la actuación de la Comisión Nacional del Mercado de valores (CNMV)

Para lograr una regulación más flexible y segura, se publica el 18 de marzo de 2023 una Ley marco, bajo la denominación de Ley del mercado de valores y servicios de inversión (LMVSI) y, el 9 de noviembre de 2023, dos decretos que desarrollan los principios básicos recogidos en la Ley en materia de entidades y mercados. Asimismo, en esta misma fecha se publica un tercer decreto que modifica el reglamento de inversión colectiva y un cuarto decreto que desarrolla el ejercicio de la actuación supervisora de la CNMV, imponiendo la necesaria cooperación con otras autoridades y el uso de 22 registros públicos oficiales a los que el público tendrá libre acceso. 

Se trata de combinar la estabilidad de las bases de la regulación financiera, sujetas al control parlamentario, con la flexibilidad de los reglamentos aprobados por el Gobierno, que se podrán adaptar con rapidez a los cambios del mercado. De alguna manera se reproducen en Derecho interno los niveles Lamfalussy ya aplicados en el sistema MiFID. Según este modelo hay cuatro niveles de regulación: un primer nivel de principios, uno segundo de reglamentación, un tercer nivel con los criterios del supervisor y uno cuarto de enforcement o verificación del cumplimiento normativo. 

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, El gobierno de España decide adelantar la aplicación del Reglamento MiCA, octubre 2023. El pasado 26 de octubre el Gobierno anunció que adelantará 6 meses la aplicación del Reglamento europeo sobre el mercado de criptoactivos (MiCA) con el objetivo de brindar seguridad jurídica y protección a los inversores. 

Tras la publicación del Reglamento, los Estados miembros deben decidir sobre el periodo de aplicación. El gobierno de España ha optado por un periodo transitorio de 18 meses, durante el cual la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) y la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) desarrollarán normas técnicas, y un periodo posterior de un año en el cual la CNMV podrá otorgar autorizaciones a las empresas que deseen ofrecer servicios de criptoactivos, reduciendo así el periodo total en seis meses.


DOUE, Directiva (UE) 2023/2225 relativa a los contratos de crédito al consumo, octubre 2023. El pasado 30 de octubre se publicó la Directiva (UE) 2023/2225 del Parlamento y del Consejo de 18 de octubre de 2023 relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/CE. La norma incluye novedades para el asesoramiento financiero en el mercado del crédito. La nueva Directiva define y regula los “servicios de asesoramiento” y de “servicio de asesoramiento en materia de deudas”.

• “servicios de asesoramiento”: todo asesoramiento personalizado a un consumidor con respecto a una o varias operaciones relativas a contratos de crédito y que constituya una actividad distinta de la concesión del crédito y de las actividades de intermediación de crédito.

• “servicios de asesoramiento en materia de deudas”: como toda asistencia personalizada de carácter técnico, jurídico o psicológico prestada por operadores profesionales que no son, concretamente, prestamistas o intermediarios de crédito o compradores o administradores de créditos en favor de aquellos consumidores que experimenten o puedan experimentar dificultades para cumplir sus compromisos financieros.

La Directiva establece las obligaciones que deben cumplir los prestamistas y los intermediarios de crédito que presten servicios de asesoramiento. Y respecto del asesoramiento en materia de deudas la Directiva establece el deber de los Estados miembros de garantizar que estos servicios se pongan a disposición de los consumidores que tengan o puedan tener dificultades para cumplir sus compromisos financieros.

Se establece un marco jurídico aplicable para infundir en los consumidores confianza en que los prestamistas y los intermediarios de crédito. La Directiva recoge que estas entidades deben tener en cuenta los intereses del consumidor, incluidas su posible vulnerabilidad y sus dificultades para comprender el producto, sobre la base de la información de que disponen y de suposiciones razonables en cuanto a los riesgos que afectan a la situación del consumidor durante la vigencia del contrato.

Asimismo, la nueva Directiva establece el deber de los Estados miembros de velar por que los prestamistas y los intermediarios de crédito exijan a su personal que posea y mantenga actualizado un nivel adecuado de conocimientos y competencia en relación con la fabricación, la oferta y la concesión de contratos de crédito, la realización de actividades de intermediación de crédito y la prestación de servicios de asesoramiento, así como en relación con los derechos de los consumidores en el ámbito de su actividad comercial.

La Directiva entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea que tuvo lugar el 30 de octubre de 2023. Se dan dos años para la transposición de la directiva en los ordenamientos nacionales y dichas medidas se aplicarán a partir del 20 de noviembre de 2026.

EBA, EBA consults on Guidelines on complaints handling by credit servicers, noviembre, 2023. La EBA emitió el 9 de noviembre una consulta pública sobre su proyecto de Directrices sobre la gestión de reclamaciones por parte de los de los administradores de crédito en virtud de la Directiva sobre los administradores de crédito (CSD, por sus siglas en inglés). Las Directrices que se han propuesto sugieren aplicar a los administradores de crédito los requisitos de las Directrices del Comité Conjunto existente sobre la gestión de reclamaciones. Estos requisitos incluyen la política de gestión de quejas, la función de gestión de quejas, el registro, la presentación de informes, el seguimiento interno, el suministro de información y los procedimientos para responder a las quejas.

El proyecto de Directrices se dirige a las autoridades competentes y detalla los requisitos que deben cumplir los administradores de crédito para establecer y mantener procedimientos con eficacia y transparencia en la gestión de quejas que hagan los prestatarios.

El objetivo de la EBA es lograr prácticas de supervisión consistentes, eficientes y efectivas y un elevado nivel de protección al consumidor en todos los Estados miembros de la UE durante la transposición de la Directiva sobre los Depositarios Centrales de Valores (DCV), Asimismo, la EBA propone que se aplique a los administradores de crédito las Directrices de Comité Conjunto existente sobre gestión de quejas, que se desarrollaron en el año 2014 por las tres Autoridades Europeas de Supervisión (ESAs, por sus siglas en inglés) y que se aplican uniformemente en el sector bancario, de inversión y seguros.

La consulta se extenderá hasta el 9 de febrero de 2024.

EBA, ESAs publish amended technical standards on the mapping of External Credit Assessment Institutions, noviembre 2023. El Comité Mixto de las tres Autoridades Europeas de Supervisión (ESAs, por sus siglas en inglés) publicó el 13 de noviembre dos Normas Técnicas de Implementación (ITS, por sus siglas en inglés) modificadas sobre la asignación de las evaluaciones crediticias por parte de las Instituciones de Evaluación Crediticia (ECAIs, por sus siglas en inglés). Estos cambios reflejan el resultado de un ejercicio de seguimiento de la idoneidad de los mapas existentes y de la cancelación del registro de tres agencias de calificación crediticia.

En las modificaciones de las ITS, las Autoridades Europeas proponen cambiar la asignación del nivel de calidad crediticia (CQS) para cuatro ECAIs, e introducir escalas de calificación crediticia nuevas o modificadas para siete ECAIs. Además, las ITS modificadas ya no contienen tablas de correspondencia para tres ECAIs cuyas licencias fueron revocadas tras la modificación anterior. Las ESAs han publicado proyectos de informes de mapeo individuales en los que se muestra cómo se aplicó la metodología para elaborar los mapeos modificados en consonancia con el mandato del Reglamento sobre Requisitos de Capital (RRC).

Las normas técnicas de ejecución sobre ECAIs tienen por objeto garantizar que las entidades financieras con sede en la UE solo puedan utilizar evaluaciones crediticias externas para el cálculo de sus requisitos de capital si son emitidas o avaladas por entidades reconocidas. Con este fin, los supervisores han desarrollado un enfoque para asignar las evaluaciones crediticias a los niveles de calidad crediticia definidos en los reglamentos de la UE sobre banca (CRR) y seguros (Directiva Solvencia II).

Las ITS modificados siguen cumpliendo el mandato conferido al Comité de supervisar la idoneidad de las cartografías de las ECAIs existentes. Las ITS forman parte del Código Normativo Único de la UE para la Banca y los Seguros, cuyo objetivo es crear un marco regulador seguro y sólido que se aplique de forma coherente en toda la UE.



 

 

IOSCO, IOSCO Finalizes its Policy Recommendations for Crypto and Digital Asset Markets, noviembre 2023. La Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) ha publicado su Informe Final de Recomendaciones sobre Criptoactivos y Activos Digitales.

La finalidad del informe es incluir un conjunto de recomendaciones a las entidades centrales intermediarias proveedoras de servicios de criptoactivos y activos digitales para que con base en ellas puedan elaborar normas que protejan a los inversores y la integridad de los mercados. 

Este informe define el marco común de estándares y expectativas que deben cumplirse en relación con esta materia en los ordenamientos jurídicos de los países que formen parte de IOSCO. Es por ello que los consejos abordan una gama muy amplia de actividades que se clasifican en seis ámbitos distintos: los conflictos de interés que pueden surgir entre actividades; la manipulación de mercados y el fraude en el comercio de los bienes; la custodia de los bienes y la protección del cliente; los riesgos transfronterizos y la cooperación internormativa; los riesgos operacionales y tecnológicos y la distribución. 

El presidente de la institución ha señalado que tras este informe el siguiente paso será elaborar un conjunto de recomendaciones dirigidas a la implementación y adopción optima de estas recomendaciones.

BIS, Basel Committeee publishes discussion paper on digital fraud, noviembre 2023. El Comité de Basilea, en el marco de sus funciones como autoridad de supervisión bancaria, ha publicado una Consulta Pública sobre el Fraude Digital.

Los avances digitales en la banca aportan muchos beneficios, como son, la mayor rapidez en las operaciones, los bajos costes, mayor inclusión financiera y un aumento de la transparencia. No obstante, también traen consigo riesgos para la estabilidad y sostenibilidad financiera. Uno de estos riesgos es precisamente los fraudes digitales, que además de ir en aumento se han vuelto más complejos desde la pandemia del Covid-19.


El objetivo de esta consulta pública es recopilar comentarios sobre los efectos que tiene el fraude digital en el sistema bancario. Para ello, todas las preguntas giran en torno a tres puntos clave. En primer lugar, definir qué se debe considerar como fraude financiero, es decir, que se definan las características de este riesgo. En segundo lugar, cómo afecte el fraude a la estabilidad y supervisión financiera y, por último, qué se está haciendo en el sector para minimizar estos riegos.

Las entidades interesadas podrán remitir sus respuestas hasta el día 16 de febrero de 2024.

  CNMV, Boletín semestral correspondiente al periodo comprendido entre los meses de abril y septiembre de 2023, octubre de 2023. La Comisión Nacional del Mercado de Valores publicó el 26 de octubre su boletín semestral correspondiente al periodo comprendido entre los meses de abril y septiembre de 2023. En esta edición se incluye el informe de coyuntura de mercados, con las cifras más relevantes al cierre del mes de septiembre. También presenta tres recuadros sobre: el nuevo Código de Buen Gobierno de la Ciberseguridad, difundido el 13 de julio por la CNMV y que ha sido elaborado por el Foro Nacional de Ciberseguridad, el Informe que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha comenzado a elaborar sobre la revitalización del mercado de capitales español, apoyado por la UE y, la actualización del Cuadro de Mandos elaborado por la CNMV sobre la actuación de los minoristas en el mercado de renta variable en 2022. Además, se incluyen dos artículos: un análisis econométrico sobre el efecto de las recompras de valores cotizados españoles sobre la valoración en mercado de la empresa y otro análisis descriptivo del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) español.

En el primer artículo, se estudia la reacción del mercado a los anuncios de recompra de acciones realizados por empresas cotizadas españolas durante el periodo 2011-2022, a lo largo del cual hubo un total de 211 anuncios de recompras, la mayoría de ellas con el objetivo de amortizar acciones o de satisfacer remuneraciones en acciones. El artículo incluye una amplia referencia a estudios e investigaciones en varios países sobre la cuestión de las recompras de acciones.

El segundo artículo, supone una continuación del trabajo presentado en el año 2022 sobre los mercados alternativos de acciones, realiza un análisis de los mercados alternativos de renta fija, poniendo especial énfasis en el Mercado Alternativo de Renta Fija español (MARF), su funcionamiento, estructura y perspectivas, así como el tipo de empresas que cotizan en él.

Banco de España, Encuesta de Competencias Financieras 2021, noviembre 2023. El pasado 14 de noviembre el Banco de España publicó la Encuesta de Competencias Financieras (ECF) 2021. La encuesta adapta a la realidad española el cuestionario que elaboran los representantes de los gobiernos y bancos centrales de 30 países pertenecientes a la Red Internacional de Educación financiera, coordinada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Esta encuesta permite conocer la compresión de conceptos financieros básicos y el grado de conocimiento, tenencia, adquisición y uso de diferentes instrumentos financieros de ahorro, seguro o endeudamiento. La ECF esta incluida el plan Estadístico nacional y es una pieza fundamental en el Plan de Educación Financiera para el diseño de sus nuevas actuaciones.